Noticias

Octubre 14, 2020

Nuestro socio Felipe Riesco E. expone en webinar de la Asociación Chilena de Derecho Ambiental (ACHIDAM) sobre el Acuerdo de Escazú

.COMPARTIR

Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, mejor conocido como Acuerdo de Escazú, y la decisión del Gobierno de Chile de suspender la suscripción del Acuerdo.

La exposición de Felipe apuntó a establecer que si bien el Tratado de Escazú claramente no es autoejecutable, a la luz de lo establecido en el artículo 4° Numeral 3. del mismo Acuerdo, y de que en el derecho internacional no existe ninguna norma que establezca la autoejecutabilidad de los tratados internacionales, la jurisprudencia de nuestro tribunales de justicia da muestras claras de que éstos estiman que sí son autoejecutables, lo que le otorga a los jueces un enorme poder al aplicar de forma directa las normas de los tratados y al inaplicar las normas o disposiciones del ordenamiento jurídico interno que estimen son contrarias a las disposiciones -y aún los principios- de los tratados internacionales.  Todo lo anterior, genera un grave problema de legitimidad democrática, destruye el sistema de distribución de competencias entre los distintos poderes del Estado establecido en la Constitución, vulnera el principio de garantía democrática, conlleva una gran incerteza jurídica y vulnera la Constitución.

El webinar contó con un panel integrado por Valentina Durán, Clemente Pérez y Felipe Riesco, quienes dieron a conocer las razones por las cuales estiman debiese o no suscribirse el Acuerdo.

ABOGADOS PARTICIPANTES

Felipe Riesco Eyzaguirre

Felipe Riesco Eyzaguirre

friesco@bsvv.cl
Ir a noticias >